viernes, 5 de agosto de 2011
sábado, 25 de junio de 2011
sábado, 28 de mayo de 2011
Delegados de Prevención
Los Delegados de Prevención han sido objeto de una privilegiada atención por parte del Instituto Nacional de Prevención y Seguridad Laboral Inpsasel. Según lo establece el numeral 5 art. 53 de la Lopcymat, tienen facultades en dar autorización y promover la paralización del trabajo, para proteger la seguridad y salud laboral de los trabajadores.
Las actividad de los Delegados y los Comités elegidos, se manifiesta a partir de su propia constitución, en Inspsasel, “por medio de sus funcionarios o funcionarias, y los Inspectores, o Inspectoras y Supervisores o Supervisoras del Trabajo quienes podrán convocar a las partes a realizar las actuaciones necesarias para su constitución” art 49 Lopcymat. Además la obligación de presentar “Plan de Trabajo” e informes periódicos de sus actividades según Art 46.
Se exige que en empresas de “Hasta diez (10) trabajadores un delegado de prevención”.
Se exige que en empresas de “Hasta diez (10) trabajadores un delegado de prevención”.
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